TESTIMONIO: VISTO: La tramitación efectuada a través del Expediente 4008-A/6328/95 para la obtención de un crédito para la ejecución de la obra "Ampliación de Re-des de Gas en distintos sectores de la ciudad", y CONSIDERANDO: Que el Honorable Tribunal de Cuentas ha determinado mediante Re-solución del 29/3/95 que la Comuna posee capacidad financiera suficiente para contratar el préstamo en cuestión. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 50º de la Ley Orgánica Muncicipal corresponde sancionar la Ordenanza definitiva de contrata-ción del empréstito. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A (DEFINITIVA) Nº 18/95 ------------------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar con el Ente Provin- ------------ cial Regulador Energético (E.P.R.E.), el contrato de financiamien-to que como Anexo I forma parte de la presente.-------------------------------- ARTICULO 2.- El monto total del préstamo asciende a $ 885.000.- (Pesos Ochocien-tos ochenta y cinco mil), cancelable en cien (100) cuotas mensuales consecutivas e iguales, venciendo la primera a los tres (3) meses de haber sido pagado por dicha entidad el último certificado de obra y no más allá de los ciento ochenta (180) días de vencido el plazo contractual, con un interés del 4% anual sobre saldo.-------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- El importe resultante del préstamo deberá aplicarse a la obra "Am- ------------ pliación de la Red de Gas Natural domiciliaria en la ciudad de Bal-carce".------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Los recursos afectados en garantía del servicio del préstamo pro- ------------ vendrán de la Coparticipación de impuestos establecidos en la Ley Provincial Nº 10.559 y sus modificatorias.------------------------------------- ARTICULO 5.- El Departamento Ejecutivo deberá prever en los presupuestos futu- ------------ ros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.----------------------------------------------------- ARTICULO 6.- La obra "Ampliación de la Red de Gas Natural domiciliaria en el ------------ Partido de Balcarce" se efectuará con recupero de inversión a cargo de los vecinos frentistas afectados, conforme a lo dispuesto en las ordenanzas y pliegos respectivos, determinándose para dicha obra una incobrabilidad presunta del 10% (diez por ciento).------------------------------------------------------ ARTICULO 7.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, a los ocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------------------------------------------------------